Aplicación para la selección del Mejor Incoterm
- Para usar esta aplicación sigue las instrucciones que aparecen al inicio de la página. Esta es la barra de notificaciones - te informa de lo que va sucediendo
Sigue las siguientes intrucciones:
- Existen 4 secciones: A, B, C y D.
- Debes marcar una opción en cada sección. Al marcar la opción, las restantes filas se esconderán automáticamente.
- Si deseas deshacer la opción marcada, haz click sobre
. - En la barra de notificaciones (parte inferior del navegador), se informa de los resultados parciales y finales para las opciones marcadas.
- Si deseas volver a empezar haga click sobre el botón reiniciar.
Variables Primarias |
Modos de transporte |
Transporte Marítimo |
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|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Opción | EXW | FCA | CPT | CIP | DAT | DAP | DDP | FAS | FOB | CFR | CIF | |||
| A | El uso de esta tabla es sólo para empresas vendedoras | |||||||||||||
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A-1 | Exportador | a1 | a2 | a3 | |||||||||
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A-2 | Expedidor | a4 | a5 | ||||||||||
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A-3 | Venta Nacional | a6 | |||||||||||
| B | Modo de Transporte | |||||||||||||
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B-1 | Trasporte Camión (Completo o Grupaje) | b1 | b2 | b3 | b4 | b5 | b34 | b35 | b36 | b37 | |||
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B-2 | Transporte Tren | b6 | b7 | b8 | b11 | b9 | b38 | b39 | b40 | b41 | |||
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B-3 | Transporte Aéreo | b10 | b13 | b12 | b42 | b43 | b44 | b45 | |||||
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B-4 | Transporte por Courier (Urgente) | b-102 | b-101 | b46 | b47 | b48 | b49 | ||||||
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B-5 | Transporte Marítimo (Contenedor) | b14 | b15 | b16 | b22 | b17 | b50 | b51 | b52 | b53 | |||
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B-6 | Transporte Marítimo (Graneles) | b18 | b19 | b20 | b21 | b28 | b23 | ||||||
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B-7 | Transporte Marítimo (Carga General) | b24 | b25 | b26 | b27 | b-100 | b29 | b54 | |||||
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B-8 | Tranporte Combinado Multimodal | b30 | b31 | b32 | b33 | b55 | b56 | b57 | b58 | ||||
| C | Pago del Transporte | c5 | ||||||||||||
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C-1 | El vendedor no paga el transporte principal | c1 | c2 | c3 | c4 | b-103 | c6 | c9 | c10 | ||||
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C-2 | El vendedor paga el transporte principal | c7 | c8 | c11 | c12 | ||||||||
| D | Pago del seguro | d4 | ||||||||||||
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D-1 | El vendedor no paga el seguro del transporte principal | d1 | d2 | d3 | b-104 | d5 | d9 | ||||||
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D-2 | El vendedor paga el seguro del transporte principal | d6 | d7 | d8 | d10 | d11 | d12 | ||||||
La matriz de variables secundarias puede ayudarte a definir exactamente cual es el Incoterm más favorable en el caso que tengas dudas.
| Variables Secundarias | Cualquier modo o modos de transporte | Transporte Marítimo | |||||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Opción | EXW | FCA | CPT | CIP | DAT | DAP | DDP | FAS | FOB | CFR | CIF | ||||
| Vendedor (Tachar los que no apliquen a la operación) | |||||||||||||||
| E | Quieres tener dominio del riesgo logístico de la operación | e1 | e2 | e3 | e4 | ||||||||||
| F | NO quieres tener dominio del riesgo logístico de la operación | f1 | f2 | f3 | f4 | f5 | f6 | f7 | |||||||
| G | Tengo poco dominio del Transporte Interior en el país de destino | g1 | g2 | g3 | |||||||||||
| H | Tengo poco conocimiento del Comercio Internacional | h1 | h2 | h3 | h4 | h5 | h6 | h7 | |||||||
| I | Existen riesgos políticos en el país de destino | i1 | i2 | ||||||||||||
| J | Existen Mafias y Grupos de coacción en el país de destino | j1 | j2 | ||||||||||||
| K | Utilizo como forma de Cobro - un crédito documentario UCO 600 | k1 | k2 | k3 | k4 | k5 | |||||||||
| L | Utilizo como forma de Cobro - un CAD (Cash Against Documents) | l1 | l2 | l3 | l4 | l5 | l6 | l7 | l8 | l9 | |||||
| M | El Vendedor quiere reducir las existencias en tránsito en esta operación | m1 | m2 | m3 | m4 | m5 | |||||||||
Esta aplicación aún está en pruebas, por favor, si detectas algún error, por favor, comunícalo al administrador: administrador@incoterms-2010.com
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Escrito por Remigi Palmés.
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septiembre 20, 2011 a las 14:48 pm
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Buenos días, Una consulta
Si el medio de transporte indicado es Marítimo contenedor, solo muestra que la opción a elegir es FCA y no por ejemplo Un FOB.
Quedo a la espera de su amable respuesta.
Saludos cordiales
Danna Jiménez Boggio-
septiembre 25, 2011 a las 12:25 pm
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Hola Danna
Si, con un contenedor no se debe utilizar ningún incoterm marítimo. En el apartado de manuales prácticos y en los artículos de esta web, encontraras explicaciones extensas sobre el tema.
Saludos cordiales
Remigi Palmés
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septiembre 20, 2011 a las 20:34 pm
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Muchas gracias Señor Remigi, esta es una guía de consulta obligatoria para Alumnos, Docentes, Importadores, Exportadores, Brokers, y todos aquellos que estan involucrados directa e indirectamente con el Comercio Internacional y el Comercio Exterior.
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septiembre 25, 2011 a las 12:28 pm
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Gracias a ti Nerson por confiar en nosotros
Saludos cordiales
Remigi Palmés
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septiembre 21, 2011 a las 12:20 pm
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Buenos días:
En principio nos parece una herramienta muy intersante. Vamos a probarla y te comunicaremos cualquier posible problema -
septiembre 21, 2011 a las 16:50 pm
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Yo soy estudiante y esta herramienta se me hace muy útil e interesante Muchas Gracias
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septiembre 21, 2011 a las 17:00 pm
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Excelente aporte y muy didactico, lo estaré estudiando y cualquier comentario que considere le de valor a la guia, lo enviare por este medio.
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septiembre 21, 2011 a las 21:43 pm
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Me parece una herramienta muy buena para los que estudiamos!!
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septiembre 22, 2011 a las 2:23 am
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hola gracias por esta aclaracion estoy muy contenta por que me han tomado en cuenta trabajo para las aduanas de republica dominicana si tienes alguna empresa conocida que desee hacer negocios en r.d. estoy abierta a sus propuestas me gustaria comercializar con productos medicos como son fajas post quirurgicas medias para varices, protesis para huesos etc. material medico gastable estoy a la orden y gracias por dejarme participar en tu foro un abrazo desde santo domingo fior rodriguez
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noviembre 17, 2011 a las 14:22 pm
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Señor Remigi, su trabajo es excelente; en México para una entrega en frontera sur (Ciudad Hidalgo) via terrestre, donde el vendedor paga transporte y seguro hasta ese punto, estamos considerando un incoterm DAP (lo cual ha coincidido con el ejercicio realizado en su cotizador . Sin embargo, me gustaría someter a su consideración los comentarios que el agente aduanal nos hace, ya que nos está rechazando el Incoterm, ojalá nos puedan apoyar con clarificación para responderle porque según él lo que aplica es:
“CON REFERENCIA AL TERMINO DE FACTURACION ESTOY EN DESACUERDO YA QUE COMO TRAE UN FLETE LA FACTURA COMERCIAL POR LOGICA DEBE SER TERMINO DE FACTURACION CIF (COSTE, SEGURO Y FLETE)PUERTO DE DESTINO CONVENIDO O EN SU CASO CIF(COSTE,SEGURO Y FLETE)PUERTO DE DESTINO CONVENIDO.
TOMAR NOTA DE LO SIGUIENTE:
DAT Termino solo aplicado a transporte Maritimo o Ferroviario.
DAP termino aplicado en Tranporte Terrestre cuando no lleve COSTO DE FLETE, NI SEGURO.
CIF Termino usado cuando lleva flete incluido en la factura comercial.”
Mil gracias de antemano! -
noviembre 18, 2011 a las 6:15 am
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Hola Patricia
Supongo que vosotros estáis en otro país distinto que México. Estoy perplejo con los comentarios realizados por el agente aduanal, ya que no es posible un CIF (exclusivamente marítimo) para transporte terrestre. Se me ocurren treinta razones por las que los comentarios del agente aduanal no tiene razón.
Pienso que deberías aconsejar al agente que compre el libro de incoterms 2010 de la Cámara de Comercio Internacional o le recomiendes este Blog
Ánimo PatriciaSaludos cordiales
Remigi Palmés
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noviembre 22, 2011 a las 15:59 pm
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buenas, tengo una importacion de italia pero mi proveedor me ha enviado la factura por el equipo + flete pero no ha considerado el tipo de icotersms, el envio es transportado por DHL y ahora en peru necesitan que realicemos una declaracion jurada indicando el tipo de incoterms para q pueda ser calculada la nacionalizacion, en este caso estaria considerando incoterms, CPT o CFR
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noviembre 22, 2011 a las 17:09 pm
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Hola Magali
El valor de una mercancía para la nacionalización es el precio de la mercancía en la frontera del país importador, ete termino coincide con un CIP.Saludos cordiales
Remigi Palmés
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enero 16, 2012 a las 19:21 pm
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Que tal mi duda es si los INCOTERMS son multables fiscalmente por mal uso de los mismos, es decir me pueden multar por usar mal un incoterm en el que yo declare fletes y seguros en el pedimento, cuando llegan auditores fiscales y me dicen que porque use tal incoterm no debi de haber declarado fletes y seguros los cuales vienen desglosados en mis facturas.
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enero 17, 2012 a las 9:01 am
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Hola Emmanuel
La hacienda publica no te puede multar por utilizar mal un incoterm, siempre que estés al día fiscalmente y cumplas con tus obligaciones fiscales. Si que puedes tener problemas con auditores internos, ya que el mal uso de un incoterm puede provocar graves desviaciones en la contabilidad de las empresas, por ejemplo en las existencias.Saludos cordiales
Remigi Palmés
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marzo 31, 2012 a las 23:37 pm
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hola señor Remigi.mi pregunta es .he comprado una maquina en china y el incoterm utlilizado es cpt,aparte de iva y arancel,que gasto mas nos puede generar?le agradesco su respuesta,gracias por responder esta y otra consulta que me respondio hace algun tiempo,
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